Laboral

1) Se ajusta a derecho la modificación propuesta por la Comisión de Reforma de Estatuto…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2008

Resumen

1) Se ajusta a derecho la modificación propuesta por la Comisión de Reforma de Estatutos de la Federación de Trabajadores del Cobre, al artículo 18 del estatuto de la referida organización de grado superior, consistente en establecer que el número de directores se determinará en consideración a la cantidad de socios de los sindicatos base de cada centro de elección en relación al total de socios de los sindicatos afiliados a la referida federación, sobre la base de una tabla de porcentajes incluida en la citada disposición estatutaria. 2) Se ajusta igualmente a derecho la modificación al artículo 21 del citado estatuto, propuesta por la aludida comisión, que impide mantener el cargo de consejero a quien, por cualquier causa, ha perdido su calidad de dirigente de base. Ello, en concordancia con la introducción propuesta al artículo 18 del mismo estatuto, de la norma que exige, para ser reelegido como consejero de la federación, mantener la calidad de dirigente de base.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 272 del Código del Trabajo
  • Artículo 273 del Código del Trabajo

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