Resumen
Se consultó a la Contraloría General si un grado de Licenciada en Educación, obtenido en una universidad peruana, puede ser reconocido como título profesional en Chile. El dictamen explica que la ley distingue entre título profesional y grado académico de licenciado como categorías diferentes, sin equivalencia automática, aunque una licenciatura podría considerarse equivalente a un título si tiene carácter terminal, lo que debe analizarse caso a caso. Recuerda que el artículo 6° del DFL N° 3, de 2006, del Ministerio de Educación, otorga a la Universidad de Chile la atribución privativa de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero. Concluye que corresponde a esa universidad verificar los requisitos del reglamento respectivo para asimilar el diploma al grado de licenciado de carácter terminal.