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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado por un particular contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales. El Consejo constató que la presentación se efectuó una vez vencido el plazo legal de quince días hábiles, contado desde el vencimiento del plazo de respuesta que la ley otorga al órgano. Por ello, por unanimidad de sus miembros presentes, declaró inadmisible el amparo por extemporáneo, sin entrar al fondo de la solicitud. La decisión dejó a salvo que el reclamante pueda formular una nueva solicitud de acceso ante la Subsecretaría o cualquier otro órgano de la Administración del Estado, identificando con claridad el acto, documento o antecedente requerido. Contra esta resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de quince días corridos desde su notificación, y no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Oficio N° 252
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Se puede presentar un amparo de acceso a la información pública fuera del plazo legal ante el Consejo para la Transparencia?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo por extemporáneo, porque se presentó después de vencidos los quince días hábiles contados desde el vencimiento del plazo de respuesta del órgano, sin entrar al fondo de la solicitud.

¿Qué puede hacer una persona si el Consejo declara inadmisible su amparo de acceso a la información por extemporáneo?

En este caso, el Consejo dejó a salvo que el reclamante presente una nueva solicitud de acceso ante la Subsecretaría o cualquier otro órgano de la Administración del Estado, identificando claramente el acto, documento o antecedente requerido.

¿Qué recursos proceden contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?

En este caso, el Consejo sostuvo que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación, y que no procede el recurso de reposición.

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