Resumen del criterio jurisprudencial
La Fiscalía Nacional Económica interpuso un requerimiento contra la Asociación Gremial de Ginecólogos Obstetras de la Provincia de Ñuble y 25 médicos ginecólogos, acusándolos de haber infringido el artículo 3° del D.L. N° 211 al celebrar y ejecutar un acuerdo colusorio para fijar precios mínimos de consultas y procedimientos quirúrgicos en el sistema privado de salud en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y San Carlos. Los médicos, a través de la asociación gremial constituida en agosto de 2011, acordaron un arancel mínimo de $25.000 para consultas y honorarios quirúrgicos entre 4.0 y 4.4 veces el arancel de Fonasa 1, así como poner término conjunto a los convenios individuales con las Isapres y negociar colectivamente a través de su presidente. El Tribunal acogió el requerimiento, considerando que el acuerdo afectó la libre competencia al uniformar precios y eliminar la competencia entre los especialistas, y sancionó a los demandados con multas y la obligación de implementar un programa de cumplimiento en libre competencia.