Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió dos amparos deducidos contra el Ejército de Chile, con resultado mixto. Rechazó la entrega de los nombres de quienes, calificados en listas 2 y 3 por las juntas calificadoras, no fueron incluidos en la lista anual de retiro, por estar esa información contenida en actas que la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas declara secretas. Rechazó también la solicitud sobre la anotación de una denuncia en una hoja de vida por inexistencia de lo pedido, y el requerimiento sobre una causa militar, por haber sido derivado correctamente al tribunal militar. Acogió el amparo en cuanto el órgano no derivó al II Juzgado Militar de Santiago la solicitud sobre el número de causa asignado a una denuncia, ordenando dicha derivación. Asimismo, acogió el acceso al informe recibido por el Auditor General del Ejército sobre problemas detectados por la Corte Marcial en los juzgados militares, al tratarse de información pública que el órgano no logró justificar bajo causal de reserva, desestimando el argumento de que tal documento formaría parte del Poder Judicial.