Tributario

Posteriormente, con fecha 25 de Enero de 2010, realizó una presentación complementaria,…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2010

Resumen

Posteriormente, con fecha 25 de Enero de 2010, realizó una presentación complementaria, mediante la cual señala que a su juicio, las obligaciones y derechos que la ley GES le impone a las Isapres, en cuanto a la obligación de entregar financiamiento para determinadas prestaciones o beneficios obligatorios por ley; y en cuanto a la posibilidad de financiar dichos aportes con cobros adicionales de los cotizantes, son disposiciones legales que han sido creadas exclusivamente para las Isapres, en cuanto a su contexto independiente de Fonasa. En la misma línea y para la aplicación del beneficio tributario establecido en el número 7 del Art. 13° de la Ley del IVA, estima que no tiene relevancia alguna, el hecho que Fonasa no cobre una remuneración adicional a los cotizantes, ya que lo único impo

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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