Resumen del criterio jurisprudencial
El 19 de septiembre de 2026 la Corte de Apelaciones de San Miguel resolvió sobre el recurso de apelación cautelar personal interpuesto por el Ministerio Público contra la medida de prisión preventiva dictada a favor de Julián Andrés Cabezas Viveros. La Corte constató que continúan presentes los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto al delito de microtráfico tipificado en el artículo 4 de la Ley Nº20.000 y al porte de arma de fuego prohibida. Asimismo, consideró que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad y un riesgo de fuga, en virtud de la letra c) del mismo artículo. Con base en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, la Corte revocó la resolución apelada del 17 de septiembre y confirmó la medida de prisión preventiva. El Juez a quo adoptará las medidas necesarias para ejecutar la orden. La decisión se comunicó y devolvió vía interconexión.