Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria de una corporación municipal que pretendía acceder al bono de la ley N° 20.305, el que le había sido denegado. La ley exige, entre otros requisitos, una tasa de reemplazo líquida igual o inferior al 55%, y el cómputo de ese porcentaje corresponde a la Superintendencia de Pensiones. Según los antecedentes, dicha superintendencia calculó una tasa de 61,50%, superior al máximo legal, por lo que la recurrente no tiene derecho al beneficio. No obstante, como la corporación pidió la revisión de ese cálculo y la superintendencia aún no se había pronunciado, la Contraloría ordenó a esa entidad adoptar medidas para dar pronta respuesta, en virtud de los principios de eficiencia, eficacia y coordinación de la ley N° 18.575.