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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una exfunciona…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, quien solicitó el bono de la ley N° 20.305, el cual le fue denegado por superar la tasa de reemplazo líquida máxima del 55%. La recurrente argumentó que dicha tasa se calculó sobre una modalidad de pensión distinta a la que percibe actualmente. El dictamen concluyó que, conforme al artículo 2° de la ley N° 20.305, para acceder al bono se requiere una tasa de reemplazo líquida igual o inferior al 55%, y que la Superintendencia de Pensiones determinó que la tasa de la solicitante era de 55,61%, superando el límite. Además, se señaló que el recálculo por cambio de modalidad de pensión solo procede en los casos del artículo quinto transitorio de la ley, para funcionarios que cesaron entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, situación que no correspondía a la recurrente. Por lo tanto, se confirmó la denegación del bono.

Normas citadas

  • ley 20305 art/2 num/3 lt/c
  • ley 20305 art/3 inc/1
  • ley 20305 art/quinto tran
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede el bono de la ley 20.305 si la tasa de reemplazo líquida supera el 55%?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, conforme al artículo 2° de la ley 20.305, se exige una tasa de reemplazo líquida igual o inferior al 55%. Como la Superintendencia de Pensiones determinó una tasa de 55,61%, el bono fue denegado correctamente.

¿Se puede recalcular la tasa de reemplazo para el bono de la ley 20.305 por un cambio en la modalidad de pensión?

En este caso, la Contraloría concluyó que el recálculo por cambio de modalidad de pensión solo procede en los casos del artículo quinto transitorio de la ley 20.305. La recurrente no estaba comprendida en esa hipótesis, por lo que no correspondía recalcular su tasa.

¿Qué efecto tiene el artículo quinto transitorio de la ley 20.305 en el cálculo del bono para exfuncionarios?

En este caso, la Contraloría señaló que el artículo quinto transitorio aplica a funcionarios que cesaron entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009. Como la situación de la solicitante no encajaba en ese periodo, no se aplicó dicho recálculo y se confirmó la denegación.

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