Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, quien solicitó el bono de la ley N° 20.305, el cual le fue denegado por superar la tasa de reemplazo líquida máxima del 55%. La recurrente argumentó que dicha tasa se calculó sobre una modalidad de pensión distinta a la que percibe actualmente. El dictamen concluyó que, conforme al artículo 2° de la ley N° 20.305, para acceder al bono se requiere una tasa de reemplazo líquida igual o inferior al 55%, y que la Superintendencia de Pensiones determinó que la tasa de la solicitante era de 55,61%, superando el límite. Además, se señaló que el recálculo por cambio de modalidad de pensión solo procede en los casos del artículo quinto transitorio de la ley, para funcionarios que cesaron entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, situación que no correspondía a la recurrente. Por lo tanto, se confirmó la denegación del bono.