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El Consejo para la Transparencia conoció una solicitud de acceso a información formulad…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció una solicitud de acceso a información formulada a la Municipalidad de San Esteban, relativa a determinados concursos. Como el requirente no respondió al oficio en que se le consultó si estaba conforme con los antecedentes entregados por el órgano, y vencido el plazo otorgado, el Consejo hizo efectivo el apercibimiento previsto y entendió que aquél se encontraba conforme con lo informado. En consecuencia, resolvió tener por atendida la solicitud de información, conforme a los artículos 24 y siguientes y 33 letra b) de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el solicitante de información pública no responde al órgano consultado sobre si está conforme con lo entregado?

En este caso, el Consejo para la Transparencia hizo efectivo el apercibimiento tras vencer el plazo, entendió que el requirente estaba conforme con lo informado y tuvo por atendida la solicitud de información.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una resolución del Consejo para la Transparencia que da por atendida una solicitud de información?

El resumen indica que contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

¿Puede el Consejo para la Transparencia dar por resuelta una solicitud de acceso a la información sin que el solicitante se pronuncie expresamente?

En este caso, el Consejo sostuvo que, vencido el plazo otorgado tras el apercibimiento, procedía entender la conformidad del requirente y resolver que la solicitud estaba atendida, conforme a los artículos 24 y siguientes y 33 letra b) de la Ley de Transparencia.

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