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La Superintendencia de Seguridad Social conoció el reclamo de un trabajador contra la r…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2018

Resumen

La Superintendencia de Seguridad Social conoció el reclamo de un trabajador contra la resolución de una Subcomisión Poniente, que a su vez ratificó el rechazo de una licencia médica por incumplimiento de reposo. La licencia otorgaba siete días de reposo, y el trabajador alegó que se había cambiado de domicilio sin desconocer el lugar prescrito en su licencia. La Superintendencia recordó que el artículo 55 letra a) del D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, permite rechazar o invalidar una licencia cuando hay incumplimiento del reposo, salvo asistencia a tratamientos ambulatorios prescritos. Concluyó que el trabajador tuvo conocimiento de la dirección consignada en el comprobante electrónico y que, al indicar otro domicilio al médico, impidió a la ISAPRE fiscalizar el reposo. Además, desestimó la ignorancia de la ley como fuerza mayor, conforme a los artículos 7° y 8° del Código Civil. Por ello, confirmó el rechazo de la licencia.

Normas citadas

  • DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 7 (del art. 2)
  • DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 8 (del art. 2)
  • DS 3 de 1984 Minsal
  • DS 3 de 1984 Minsal, artículo 55
  • Ley 16.395
CausalesDe orden jurídico administrativoIncumplimiento del reposoRechazo

Preguntas frecuentes

¿Procede rechazar una licencia médica si el trabajador se cambió de domicilio y no estaba en el lugar de reposo?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social confirmó el rechazo de la licencia, porque el trabajador conocía la dirección consignada en el comprobante y al indicar otro domicilio impidió a la ISAPRE fiscalizar el reposo, lo que configura incumplimiento conforme al artículo 55 letra a) del D.S. N° 3 de 1984.

¿Puede invocarse el desconocimiento de la ley como fuerza mayor para justificar el incumplimiento del reposo en una licencia médica?

En este caso, la Superintendencia desestimó esa alegación, aplicando los artículos 7° y 8° del Código Civil, que impiden considerar la ignorancia de la ley como fuerza mayor.

¿Qué excepciones permiten no rechazar una licencia médica por incumplimiento de reposo?

Según este dictamen, el artículo 55 letra a) del D.S. N° 3 de 1984 permite rechazar o invalidar la licencia por incumplimiento del reposo, salvo cuando el trabajador asiste a tratamientos ambulatorios prescritos; en el caso analizado esa excepción no se aplicó.

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