Resumen del criterio jurisprudencial
Procede conceder los bonos de las leyes N°s. 20.996 y 21.043 a los funcionarios de las universidades del Estado, mayoresde 70 años, que habiendo percibido una jubilación de vejez anticipada en el antiguo sistema, en la actualidad se encuentran adscritos al decreto ley N° 3.500, de 1980, como también a aquellos que han obtenido una jubilación de vejez en este último régimen, en la medida que hayan solicitado esos beneficios dentro del plazo extraordinario previsto por el artículo 55 de la ley N° 21.405 y verifiquen, entre otros, los requisitos de término de labores, años de servicio y desempeño funcionario exigidos por las señaladas normativas de incentivo al retiro.