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El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción de transparencia ac…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción de transparencia activa presentado contra la Municipalidad de Providencia. Se discutía si la información sobre patentes comerciales del período 2009-2014 se encontraba publicada de forma completa y con enlaces operativos, como exige la normativa. El Consejo acogió el reclamo y constató las omisiones y la falta de operatividad de los enlaces. En consecuencia, requirió a la alcaldesa publicar la información completa de los apartados "Autorización de funcionamiento" y "Nómina de patentes comerciales vigentes" conforme a la Ley de Transparencia, su reglamento y la Instrucción General N° 11, dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, y acreditar su cumplimiento ante el Consejo. Asimismo, encargó a su Dirección de Fiscalización el seguimiento del cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en quince días corridos.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Oficio N° 4873
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una municipalidad no publica completa la información de patentes comerciales en su portal de transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un reclamo contra la Municipalidad de Providencia, constató omisiones y enlaces no operativos, y le requirió publicar la información completa de los apartados sobre autorización de funcionamiento y nómina de patentes vigentes dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.

¿Cómo se controla que un órgano público cumpla una resolución del Consejo para la Transparencia sobre transparencia activa?

En este caso, el Consejo ordenó a la alcaldesa acreditar el cumplimiento ante el organismo y encargó a su Dirección de Fiscalización el seguimiento de la publicación exigida.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia en materia de transparencia activa procede algún recurso?

En este caso, la resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos.

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