Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Litueche, ordenando la entrega de copia de los decretos alcaldicios que se indica, debiendo tarjar, previamente, todo dato personal de contexto que pueda figurar en aquella, como, por ejemplo, el número de cédula de identidad, domicilio particular, nacionalidad, estado civil, el teléfono, el correo electrónico particular, entre otros. Lo anterior, por cuanto se trata de información pública que obra en poder del órgano conforme a sus funciones legales, respecto de la cual no se efectuó alegaciones de hecho o causales de reserva que ponderar. Se sigue lo resuelto en el amparo. Finalmente, se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, por no haber entregado respuesta a la solicitud, dentro de los plazos legales.