Resumen del criterio jurisprudencial
El servicio de impuestos internos consideró que varios gastos utilizados por el contribuyente en su declaración de renta del año tributario 2019, no se encontraban acreditados o resultaban improcedentes, por lo que agregó estos conceptos a la pérdida tributaria declarada por el contribuyente, disminuyendo la pérdida tributaria declarada y accediendo en parte a la devolución solicitada mediante la emisión de la resolución n°853. a su vez, aunque el contribuyente inicialmente presentó una reclamación ante el tribunal tributario por esta situación, posteriormente se desistió de dicha reclamación por lo que se puso término a esta gestión judicial.