Resumen
El servicio de impuestos internos consideró que varios gastos utilizados por el contribuyente en su declaración de renta del año tributario 2018, no se encontraban acreditados o resultaban improcedentes, por lo que agregó estos conceptos a la pérdida tributaria declarada por el contribuyente determinando una devolución menor a la que ya se había devuelto y emitió la liquidación n°712 por la obligación de reintegrar montos que habían sido devueltos al contribuyente en exceso con anterioridad. por su parte, en su reclamo el contribuyente fundamentó sus alegaciones en que los gastos cuestionados se encontraban acreditados. sin embargo, aunque el contribuyente inicialmente presentó una reclamación ante el tribunal tributario por esta situación de forma posterior se desistió de dicha reclamación por lo que se puso termino a esta gestión judicial.