Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la fijación del sueldo base del personal de salud municipal regido por la ley N° 19.378. Recordó que corresponde a las municipalidades establecer el sueldo base del nivel 15 de cada categoría, que no puede ser inferior al mínimo nacional, con aprobación del concejo municipal, y que su modificación requiere igualmente acuerdo del concejo. Señaló que las leyes N°s. 20.403, 20.486 y 20.559 sustituyeron el sueldo base mínimo nacional a partir de diciembre de 2009, 2010 y 2011. Constató que, pese a reiterados requerimientos, la Municipalidad de Mariquina no acreditó los acuerdos del concejo que aprobaran dichos sueldos base o sus modificaciones, ni fue posible determinar si los valores aplicados cumplieron con las remuneraciones mínimas legales. En consecuencia, ordenó a la municipalidad informar, en 30 días hábiles, los sueldos base fijados para las categorías del personal durante el período 2010-2012, junto con los acuerdos del concejo, para que la Contraloría Regional de Los Ríos verifique que los pagos se ajustaron a derecho.