Resumen
La Fundación Centro de Formación Técnica San A.M. interpuso recurso de protección contra el Consejo Nacional de Educación (CNED) por declarar inadmisible su apelación contra la Resolución de Acreditación Institucional N° 791 de 19 de junio de 2025 de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), que le otorgó acreditación avanzada por cinco años. La recurrente consideraba que correspondía una acreditación de excelencia y que la negativa del CNED a tramitar la apelación vulneraba sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y derecho de propiedad. El CNED sostuvo que carecía de competencia legal conforme al artículo 23 de la Ley N° 20.129 y dictámenes de la Contraloría. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso, dejó sin efecto el Oficio N° y ordenó al CNED tramitar la apelación, argumentando que la interpretación restrictiva del artículo 23 es inconstitucional por generar una distinción arbitraria entre instituciones a las que se les niega la acreditación (que pueden apelar) y aquellas que reciben menos años de los solicitados (que no pueden). Además, la vinculación de la acreditación con el sistema de gratuidad hace esencial la revisión del número de años otorgados.