La Corte de Apelaciones de Temuco rechaza los recursos de nulidad interpuestos tanto po…
Sentencia · Juzgado del Trabajo · 2022
Resumen
La Corte de Apelaciones de Temuco rechaza los recursos de nulidad interpuestos tanto por la demandante como por la demandada en contra de la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente la demanda por despido improcedente. El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco había declarado improcedente el despido conforme al artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo, condenando al empleador al pago de múltiples prestaciones incluyendo la devolución del descuento indebido del seguro de cesantía. La Corte confirma la sentencia de primera instancia rechazando ambos recursos de nulidad sin costas. Se mantiene la obligación del empleador de reembolsar al trabajador los montos descontados por aporte al seguro de cesantía cuando el despido es declarado improcedente.
Normas citadas
Artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo
Artículo 168 letra a) del Código del Trabajo
Artículo 173 del Código del Trabajo
Artículo 477 del Código del Trabajo
Artículo 478 letra b) del Código del Trabajo
Artículo 13 de la Ley N° 19.728
Artículo 52 de la Ley N° 19.728
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