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La Contraloría General de la República devolvió sin tramitar la resolución N° 28, de 20…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Contraloría General de la República devolvió sin tramitar la resolución N° 28, de 2010, de la Policía de Investigaciones de Chile, que aprobaba un sumario administrativo y aplicaba medidas disciplinarias. El organismo concluyó que, al cesar en sus funciones los servidores involucrados durante la tramitación del procedimiento, la responsabilidad administrativa se rige por el Estatuto Administrativo (Ley N° 18.834), en particular sus artículos 147 y 157 letra b). Por ello, dispuso el sobreseimiento de uno de los funcionarios, que había cesado antes de iniciarse el proceso, y ordenó anotar en las hojas de vida las sanciones de los otros dos, cuyo término de servicios ocurrió durante el sumario. Finalmente, devolvió los antecedentes a la institución para que subsane las observaciones formuladas.

Normas citadas

  • dfl 1/80 defen art/153
  • dto 1/82 defen
  • dto 40/81 defen ley 18834 art/157 lt/b
  • ley 18834 art/147 inc/fin dfl 29/2004 hacie
  • dfl 1/80 inves
  • dto 1/82 inves dto 40/81 inves
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con la responsabilidad administrativa de un funcionario público que cesa en sus funciones durante la tramitación de un sumario?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, cuando los servidores cesan en sus funciones durante el procedimiento, la responsabilidad administrativa se rige por el Estatuto Administrativo (Ley N° 18.834), en particular sus artículos 147 y 157 letra b). Así, a uno de los funcionarios que había cesado antes de iniciarse el proceso se le sobreseyó, y a los otros dos se les ordenó anotar las sanciones en sus hojas de vida.

¿Cuándo debe la Contraloría devolver sin tramitar una resolución que aprueba un sumario administrativo?

En este caso, la Contraloría devolvió sin tramitar la resolución que aprobaba el sumario y aplicaba medidas disciplinarias de la Policía de Investigaciones, y ordenó a la institución subsanar las observaciones formuladas. El resumen no detalla todos los fundamentos específicos de la devolución.

¿Se pueden anotar en la hoja de vida las sanciones de un funcionario que terminó sus servicios durante el sumario?

En este caso, la Contraloría ordenó anotar en las hojas de vida las sanciones de dos funcionarios cuyo término de servicios ocurrió durante la tramitación del sumario. Esta orden se fundó en el Estatuto Administrativo, Ley N° 18.834, artículo 157 letra b).

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