Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la tramitación de reclamos ad…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la tramitación de reclamos administrativos ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) relativos a licencias médicas comunes. Precisó que contra las resoluciones de la SUSESO no procede el recurso jerárquico, por tratarse de un servicio público descentralizado, sino sólo el recurso extraordinario de revisión del artículo 60 de la Ley N° 19.880, cuando concurran sus causales de excepción. Además, reconsideró parcialmente un dictamen previo de 2013, que había concluido que correspondía certificar el silencio negativo, porque se acreditó que la SUSESO ya había rechazado las licencias en un oficio anterior a ese dictamen. Por ello, ordenó proceder a la resolución de las reclamaciones presentadas por la interesada, que se tratan del ejercicio de dicho recurso extraordinario.

Normas citadas

  • ley 16395 art/1 inc/fin
  • ley 18575 art/1 inc/2
  • ley 16395 art/2 lt/a
  • ley 16395 art/3
  • ley 16395 art/30
  • ley 16395 art/38 lt/e
  • dto 3/84 Salud art/1
  • Pol art/98
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede el recurso jerárquico contra las resoluciones de la Superintendencia de Seguridad Social que rechazan licencias médicas?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no procede el recurso jerárquico contra las resoluciones de la SUSESO, por tratarse de un servicio público descentralizado. Solo cabe el recurso extraordinario de revisión del artículo 60 de la Ley N° 19.880, cuando concurran sus causales.

¿Qué recurso puede interponerse contra una resolución de la SUSESO sobre licencias médicas comunes?

En este caso, el organismo precisó que contra las resoluciones de la SUSESO procede únicamente el recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 de la Ley N° 19.880, siempre que concurran sus causales de excepción. Así lo concluyó al pronunciarse sobre la tramitación de los reclamos.

¿Puede certificarse el silencio negativo si la administración ya había rechazado la solicitud antes del dictamen?

En este caso, la Contraloría reconsideró parcialmente un dictamen previo que había ordenado certificar el silencio negativo, porque se acreditó que la SUSESO ya había rechazado las licencias en un oficio anterior. Por ello, ordenó proceder a la resolución de las reclamaciones presentadas.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2014 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de la interesad…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República desestimó la presentación de un recurrente que c…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2025

  • Un trabajador recurrió ante la Contraloría General de la República contra el rechazo de…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República ratifica su dictamen N° 65.144, de 2015, en el q…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se abstuvo de emitir pronunciamiento sobre la co…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.