ConstitucionalRechaza

Jorge Eduardo Vargas Soto, paciente con enfermedad de Parkinson cubierta por el régimen…

Resumen del criterio jurisprudencial

Jorge Eduardo Vargas Soto, paciente con enfermedad de Parkinson cubierta por el régimen GES, interpuso recurso de protección contra el Hospital de Puerto Montt por demoras en controles neurológicos y falta de activación de garantías de oportunidad. Señaló que presentó reclamos ante la OIRS y la Superintendencia de Salud, sin obtener respuesta satisfactoria. El hospital informó que no existía una interconsulta vigente desde atención primaria para la especialidad, por lo que no podía activar la garantía. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó la acción, considerando que no se acreditó un acto ilegal o arbitrario de la recurrida. El tribunal sostuvo que el recurrente debe gestionar la derivación correspondiente en su centro de salud primaria. La decisión se basó en que el hospital actuó conforme a los protocolos y que el conflicto ya estaba siendo conocido por la Superintendencia de Salud.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.