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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado en contra de la Municipalidad de Carahue, relativo a información sobre medicamentos de los centros de salud APS y SAPU. El órgano concluyó que se trataba de información de naturaleza pública y desestimó la causal de reserva invocada por distracción indebida de funciones. Como consecuencia, se ordenó a la municipalidad entregar la información y acreditar su entrega dentro de plazo, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, consistentes en multa de 20% a 50% de la remuneración y, en caso de persistir la autoridad, el duplo de la sanción y suspensión en el cargo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Oficio Ord. N° 6
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio negarse a entregar información sobre medicamentos de sus centros de salud alegando distracción indebida de funciones?

En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que se trataba de información de naturaleza pública y desestimó la causal de reserva por distracción indebida de funciones invocada por la Municipalidad de Carahue. Por ello, ordenó la entrega de la información.

¿Qué sanciones enfrenta una autoridad municipal que no entrega información pública dentro de plazo?

En este caso, el Consejo ordenó a la municipalidad entregar la información y acreditar su entrega, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Estas consisten en una multa de 20% a 50% de la remuneración y, si persiste la autoridad, el duplo de la multa y suspensión en el cargo.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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