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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la juridicidad de las resoluc…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la juridicidad de las resoluciones exentas N°s. 582 y 666 a 675, de 2010, dictadas por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana, y sobre la aplicación del silencio administrativo en procedimientos de regularización de la pequeña propiedad raíz. El organismo concluyó que no procede tener por aceptadas las solicitudes resueltas mediante esas resoluciones, pues el artículo 12 del decreto ley N° 2.695 exige que los actos que acogen estas regularizaciones contengan menciones específicas, por lo que no puede sustituirse ese título por la ficción del silencio positivo. Asimismo, precisó que el retardo de la Administración tampoco permite entender aceptadas las reclamaciones, ya que conforme al artículo 65 de la ley N° 19.880 opera el silencio negativo en impugnaciones de actos administrativos. Finalmente, advirtió a las autoridades del Ministerio de Bienes Nacionales sobre la obligación de cumplir los plazos legales, con posibles responsabilidades administrativas por dilaciones.

Normas citadas

  • Ley 19880 art/64
  • dl 2695/79 art/2
  • dl 2695/79 art/10 inc/1 dl 2695/79 art/11
  • ley 19880 art/24 inc/4
  • dl 2695/79 art/12 ley 19880 art/65
  • ley 18575 art/5
  • ley 18575 art/8 dfl 1/19653/2000 sepre
  • ley 19880 art/7
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Preguntas frecuentes

¿Procede tener por aceptada una solicitud de regularización de la pequeña propiedad raíz por silencio positivo si la Administración no la resuelve a tiempo?

En este dictamen, la Contraloría concluyó que no procede tener por aceptadas esas solicitudes, porque el artículo 12 del decreto ley N° 2.695 exige que el acto que acoge la regularización contenga menciones específicas, y esa exigencia no puede sustituirse por la ficción del silencio positivo.

¿El retardo de la Administración en resolver una reclamación permite entender aceptada la reclamación por silencio positivo?

No, según este dictamen. La Contraloría precisó que, conforme al artículo 65 de la ley N° 19.880, en impugnaciones de actos administrativos opera el silencio negativo, de modo que el retardo no permite entender aceptadas las reclamaciones.

¿Qué consecuencias puede tener para los funcionarios públicos no cumplir los plazos legales en procedimientos de regularización de la pequeña propiedad raíz?

En este dictamen, la Contraloría advirtió a las autoridades del Ministerio de Bienes Nacionales sobre la obligación de cumplir los plazos legales, con posibles responsabilidades administrativas por dilaciones.

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