Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una docente que renunció para eximirse del proceso de evaluación, y que aún no se había desvinculado al entrar en vigencia la ley N° 20.822, puede acogerse a la bonificación por retiro voluntario. El órgano recordó que, según el dictamen N° 49.601, de 2011, la renuncia presentada al amparo del inciso final del artículo 70 de la ley N° 19.070 es irrevocable, pero sus efectos quedan en suspenso hasta cumplir la edad legal de jubilación. Asimismo, el dictamen N° 68.491, de 2015, establece que el beneficio favorece a docentes que cumplían los requisitos de edad y no se habían desvinculado a la publicación de la ley. En el caso concreto, la docente hizo uso de la exención en 2012 y cumplió la edad para jubilar después de la entrada en vigencia de la ley, por lo que solo podrá obtener el beneficio si presentó su renuncia para acogerse a él antes de esa fecha y reúne los demás requisitos legales.