Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones, que había derivado a otro organismo una solicitud de información sobre los traslados de ciudadanos extranjeros expulsados del país desde el 1 de enero de 2021. La solicitud incluía informes sobre traslados realizados por empresas, con bitácoras de vuelos, y fiscalizaciones, auditorías o informes relacionados con esas expulsiones ordenadas por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. El Consejo consideró improcedente la derivación, porque la información está dentro de la órbita de control del órgano reclamado, según sus facultades y los convenios de colaboración que mantiene, y aplicó el principio de facilitación de la Ley de Transparencia. Por ello ordenó entregar lo solicitado, previa tarjación de los datos personales de contexto, y si el organismo no la tuviera, deberá requerirla a la institución correspondiente. Se le exigió acreditar el cumplimiento, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la ley.