Laboral

Los profesionales de la educación que laboran en establecimientos educacionales adminis…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 1995

Resumen

Los profesionales de la educación que laboran en establecimientos educacionales administrados por una Corporación Municipal y que han ingresado a la dotación docente del mismo en calidad de contratados tienen derecho a que su contrato, por el solo Ministerio de la ley, se entienda prorrogado por los meses de enero y febrero de cada año, conforme a lo establecido en el artículo 75 del Código del Trabajo, siempre que cumplan con los requisitos copulativos que la citada norma legal exige.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Ley 19.070
  • Artículo 75 del Código del Trabajo
  • Decreto Supremo 453
  • Artículo 25 de la ley 19.070

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