Resumen del criterio jurisprudencial
Se entienden prorrogados por los meses de enero y febrero de 1997 los contratos de trabajo de los profesionales de la educación que integran una dotación docente comunal, en el evento que éstos últimos, habiendo prestado servicios por más de seis meses consecutivos en el respectivo establecimiento educacional, hayan percibido la totalidad del monto de las indemnizaciones a que se refieren los artículos 7º y 9º, ambos transitorios de la Ley Nº 19.410, en el transcurso del mes de diciembre de 1996.