Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de traspasar a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional las cotizaciones enteradas en una Administradora de Fondos de Pensiones por una funcionaria que trabajó en la Central Odontológica de la Armada antes de su nombramiento como empleada civil. El dictamen recuerda que el artículo 179 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, reconoce como calidad computable para el retiro haberse desempeñado en instituciones de la Defensa Nacional, pero que, para configurar el derecho a pensión de veinte años de servicios efectivos conforme al artículo 77 de la ley N° 18.948, dicho desempeño debe haberse prestado en alguna de esas instituciones. Al cumplirse ese requisito, el organismo resolvió que procede el traspaso y el reconocimiento de ese período al régimen de la Defensa Nacional. Asimismo, señaló que las imposiciones por labores del sector privado o independientes, afectas al decreto ley N° 3.500, no deben traspasarse a las cajas institucionales, instruyendo a la Caja a obtener solo el traspaso del período en la Central Odontológica.