Resumen
La Contraloría General de la República tomó razón, con alcances, de la Resolución N° 134, de 2011, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprobó un convenio de trato directo para ejecutar las "Obras de Emergencia Canal Lauca, Km. 21,5 al Km. 25,3". El organismo consideró que la obra contratada ya estaba terminada, pero formuló observaciones: la Dirección debe sancionar oportunamente los convenios que suscriba, pues el acto fue emitido en septiembre de 2011 respecto de un convenio de marzo de ese mismo año. Además, los contratos de este tipo deben celebrarse con contratistas inscritos en los registros del Ministerio de Obras Públicas, requisito que no se cumplió, por lo que la repartición debe adoptar medidas para determinar eventuales responsabilidades administrativas. Finalmente, respecto del resuelvo N° 7, se precisó que basta suscribir ante notario tres transcripciones de la resolución y protocolizar una, conforme al reglamento y al artículo 18 del convenio.