Seguridad social

Trabajador independiente.

Resumen del criterio jurisprudencial

Trabajador independiente. Ley N° 16.744. Para acceder a la cobertura del seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744), la persona trabajadora independiente tiene la obligación legal de encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones. Esto implica que, si existe un saldo insoluto pendiente de pago tras el proceso de declaración de renta, es responsabilidad directa de la persona trabajadora regularizarlo —ya sea pagando la totalidad o mediante cuotas mensuales— para mantener vigente su derecho a la cobertura.

Ley N° 16.744Persona trabajadora independiente

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.