Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras integra la Administración del Estado y, en consecuencia, si le son aplicables la obligación de establecer oficinas de información para el público usuario y la ley N° 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos. El órgano concluyó que, al tratarse de un servicio público descentralizado que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda, la Superintendencia forma parte de la Administración del Estado. Por ello, debe establecer oficinas de información conforme al decreto N° 680 de 1990 y está sujeta a la ley N° 19.880, cuyas disposiciones se aplican a los servicios públicos creados para la función administrativa, sin perjuicio de su carácter supletorio cuando existan procedimientos especiales. Lo anterior se fundó en la ley N° 18.575, en vigor desde 1986, que prevalece sobre normas anteriores incompatibles.