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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones. Al analizar su admisibilidad, advirtió que el órgano había notificado su respuesta antes de que se interpusiera el reclamo, lo que dejaba sin claridad la infracción alegada. Conforme al artículo 46 del Reglamento, el Consejo otorgó a la parte la oportunidad de subsanar u aclarar la presentación, pero ésta no realizó gestión alguna. En consecuencia, por unanimidad, declaró inadmisible el amparo de acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 del Reglamento, y no procede contra esta decisión el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se aclara un amparo de transparencia que el Consejo considera confuso al momento de admitirlo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia advirtió que la infracción alegada no estaba clara y otorgó a la parte la oportunidad de subsanarla o aclararla conforme al artículo 46 del Reglamento. Como no hizo gestión alguna, declaró inadmisible el amparo por unanimidad.

¿Procede el recurso de reposición contra una resolución que declara inadmisible un amparo de acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que contra su decisión de declarar inadmisible el amparo no procede el recurso de reposición. La inadmisibilidad se fundó en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y en el artículo 46 del Reglamento.

¿Puede el Consejo para la Transparencia declarar inadmisible un amparo si el órgano ya había respondido antes de presentarse el reclamo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia advirtió que el Servicio Nacional de Migraciones había notificado su respuesta antes de interponerse el amparo, lo que dejaba poco claro qué infracción se alegaba. Por esa razón otorgó oportunidad de aclarar la presentación y, ante la falta de gestión, la declaró inadmisible.

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