Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto contra la Municipalidad de Providencia, que había sido requerida por la entrega de correos electrónicos, minutas, informes y otros antecedentes vinculados a la unidad vecinal de Providencia y su entorno, elaborados por funcionarios municipales. El órgano reclamado respondió en los términos solicitados y declaró que la información entregada es toda la que obra en su poder, sin que el Consejo contara con antecedentes que desvirtuaran esa afirmación. Asimismo, se desestimaron las alegaciones sobre comunicaciones de funcionarios, por tratarse de canales cerrados con emisores y destinatarios acotados, y por no existir notificación ni aquiescencia de los funcionarios afectados, conforme al artículo 20 de la Ley de Transparencia. En consecuencia, el Consejo rechazó el amparo y recomendó a la municipalidad adoptar medidas administrativas para evitar la reiteración de las circunstancias descritas.