Resumen
La Contraloría General de la República rechazó la solicitud de reconsideración del dictamen N° 51.850, de 2015, relativo a la aplicación del artículo 16 de la ley N° 18.695. El órgano fiscalizador sostuvo que el dictamen impugnado se limitó a aplicar la normativa y jurisprudencia administrativa vigentes, sin que pueda entenderse que rigen retroactivamente, pues solo dilucidan los efectos de una preceptiva anterior. En cuanto al cumplimiento de la orden impartida, la Contraloría señaló que la Municipalidad de Pudahuel puede dejar sin efecto solo una parte del decreto N° 445, de 2015, ajustándose a lo dispuesto en el artículo 53 de la ley N° 19.880. Precisó que la adecuación del nivel remuneratorio del cargo de director de desarrollo comunitario y la creación del cargo de director de control se ajustaron a la ley, así como la designación del funcionario que lo desempeñaba. Respecto al nombramiento del director de administración y finanzas, reiteró que no pueden exigirse requisitos distintos a los contenidos en las leyes N° 18.883 y N° 19.280.