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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de que ciert…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de que ciertas municipalidades hayan suscrito convenios que las obligaban a desarrollar actividades de publicidad en favor de un banco. El órgano de control concluyó que los recursos que un municipio recibe para tareas culturales, educativas o sociales en beneficio de la comunidad deben reflejarse en el presupuesto municipal, porque su aplicación afecta la ejecución presupuestaria al momento de ocurrir, conforme al artículo 4°, letra a), de la Ley N° 18.695. Asimismo, dispuso remitir copia de los antecedentes al Servicio de Impuestos Internos, a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y a la Fiscalía Nacional Económica, para que ponderen sus facultades fiscalizadoras, especialmente respecto de la opción de reemplazar el servicio publicitario por aportes a proyectos acogidos a beneficios tributarios.

Normas citadas

  • ley 18695 art/1
  • ley 18695 art/8
  • ley 18695 art/63 lt/ll
  • ley 18695 art/65 lt/i
  • ley 18695 art/5 lt/c
  • ley 18695 art/34
  • ley 18695 art/36
  • ley 18695 art/63 lt/f
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio firmar convenios con un banco que lo obliguen a realizar publicidad a favor de la entidad financiera?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no procede que ciertas municipalidades suscriban convenios que las obligan a desarrollar actividades publicitarias en favor de un banco.

¿Cómo deben registrarse en el presupuesto municipal los recursos recibidos para actividades culturales, educativas o sociales?

La Contraloría sostuvo que esos recursos deben reflejarse en el presupuesto municipal, porque su aplicación afecta la ejecución presupuestaria al momento de ocurrir, conforme al artículo 4°, letra a), de la Ley N° 18.695.

¿Qué organismos fiscalizadores deben revisar convenios municipales de publicidad con entidades financieras?

En este dictamen, la Contraloría ordenó remitir los antecedentes al Servicio de Impuestos Internos, a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y a la Fiscalía Nacional Económica, para que ponderen sus facultades fiscalizadoras.

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