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La Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su D.S.C., emitió un dictamen en un…

Dictamen · Superintendencia del Medio Ambiente · 2022

Resumen

La Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su D.S.C., emitió un dictamen en un procedimiento sancionatorio contra un restaurante de Temuco por ruidos molestos generados por equipos de extracción de aire. Se constataron excedencias de ruido en horario nocturno en receptores sensibles ubicados en Zona III, incumpliendo el D.S. N° del Ministerio del Medio Ambiente. Para determinar la sanción se consideró el tamaño económico de la empresa, clasificada como pequeña, aplicando el principio de proporcionalidad y un ajuste por capacidad económica. La fiscal instructora propuso una multa de 1,1 UTA, en virtud del artículo 53 de la LO-SMA.

Normas citadas

  • Ley N° 19.799
  • Decreto Supremo N° 38
  • Resolución Exenta N° 1
  • Ley N° 19.300
  • Ley N° 19.880
  • Resolución Exenta N° 85
  • Ley N° 20.417
  • Decreto Supremo N° 146

Preguntas frecuentes

¿Cómo determina la Superintendencia del Medio Ambiente el monto de una multa por ruidos molestos a un establecimiento de tamaño pequeño?

En este caso, la Superintendencia del Medio Ambiente consideró el tamaño económico de la empresa, clasificada como pequeña, aplicando el principio de proporcionalidad y un ajuste por capacidad económica. La fiscal instructora propuso una multa de 1,1 UTA, conforme al artículo 53 de la LO-SMA.

¿Constituyen infracción los ruidos de equipos de extracción de aire de un restaurante que exceden los límites nocturnos en zonas residenciales?

En este caso, se constataron excedencias de ruido en horario nocturno en receptores sensibles ubicados en Zona III, lo que la Superintendencia consideró un incumplimiento de la norma de emisión de ruidos del Ministerio del Medio Ambiente. Por ello se instruyó un procedimiento sancionatorio contra el restaurante.

¿Qué criterios aplica la Superintendencia del Medio Ambiente para sancionar a empresas de menor tamaño económico?

En este caso, la Superintendencia aplicó el principio de proporcionalidad y un ajuste por capacidad económica, al clasificar a la empresa como pequeña. Estos criterios se usaron para determinar la sanción en el procedimiento sancionatorio.

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