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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una supuesta contradicción en…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una supuesta contradicción entre dos oficios de la Contraloría Regional de Atacama, uno de 2015 y otro de 2016, relacionados con un proceso sumarial en la Universidad de Atacama. El primer oficio concluyó que una jefatura debió inhabilitarse por conflicto de interés al haber participado en la supresión del cargo de un integrante de la Junta Directiva y haber cuestionado ante el Consejo para la Transparencia el ejercicio de su derecho a solicitar información pública, por lo que la universidad debía subsanar la irregularidad. Tras una nueva ponderación, a petición del Rector y de dos ex académicos, el segundo oficio dejó sin efecto ese criterio, porque los hechos investigados, la excesiva demora en el pago de una indemnización por cese, no tenían relación con las actuaciones cuestionadas, de modo que la imparcialidad no se vio comprometida. La Contraloría concluyó que no existía la contradicción alegada.

Normas citadas

  • Oficio N° 4.615, de 2015
  • Oficio N° 2.597, de 2013
  • Oficio N° 696, de 2016
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Cuándo debe inhabilitarse una jefatura de un servicio público por conflicto de interés en un proceso sumarial?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la inhabilidad procede cuando la jefatura participó en actuaciones que guardan relación con los hechos investigados. Como las actuaciones cuestionadas no tenían relación con la demora en el pago de la indemnización, la imparcialidad no se vio comprometida.

¿Puede la Contraloría dejar sin efecto un pronunciamiento anterior suyo sobre un mismo asunto?

En este caso, la Contraloría dejó sin efecto un criterio contenido en un oficio de 2015, tras una nueva ponderación solicitada por el Rector y dos ex académicos. El nuevo oficio de 2016 concluyó que no existía la contradicción alegada entre ambos pronunciamientos.

¿Qué pasa si un organismo de control emite dos pronunciamientos que parecen contradictorios sobre el mismo proceso?

En este caso, la Contraloría revisó el alegato de contradicción entre un oficio de 2015 y otro de 2016 de su sede regional de Atacama. Concluyó que no existía tal contradicción, porque el segundo oficio corrigió el criterio del primero al constatar que los hechos investigados no estaban relacionados con las actuaciones cuestionadas.

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