AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Arica, ordenándose la e…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Arica, ordenándose la entrega de copia íntegra de la recepción definitiva y/o recepción final del proyecto “Construcción Centro Deportivo Cardenal Silva Henríquez, Arica”, incluyendo todos los antecedentes que conforman el expediente de recepción. Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública, advirtiéndose que la reclamada, al exigir en forma previa a la entrega de la información, el pago de un monto por concepto de costos de reproducción que no se aviene a la normativa vigente sobre la materia. Sobre la materia debe tenerse presente que el legislador ha dispuesto un procedimiento de publicidad de las gestiones administrativas relacionadas con la construcción y las materias vinculadas a las autorizaciones y pronunciamientos relativos a edificación otorgados por la autoridad competente sobre la materia, esto es, las Direcciones de Obras Municipales. Aplica criterio contenido en los Amparos Roles C7718-21, C9235-21, C715-22 y C799-22. Lo anterior, debiendo tarjar los datos personales que puedan encontrarse incorporados en aquellos, pero manteniendo los nombres y firmas de los profesionales individualizados, entre ellos, el arquitecto que realizó el proyecto de arquitectura, el profesional que realizó el proyecto de cálculo estructural, el profesional a cargo de la obra, entre otros, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. Se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, como al principio de oportunidad consagrado en el artículo 11, letra h), del mencionado cuerpo legal, al no haber atendido la solicitud dentro del plazo legal.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.