Resumen
La Contraloría General de la República conoció una solicitud de reconsideración presentada por un funcionario del Instituto Psiquiátrico Dr. J.H.B., dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que pretendía ser designado en cargos del estamento de técnicos, grados 12 al 15, computando como tiempo útil sus labores previas en entidades privadas. El organismo confirmó el oficio N° 21.526, de 2016, que había concluido que no cumplía el requisito alternativo de veinte años de desempeño en servicios de salud como técnico paramédico, auxiliar paramédico o auxiliar de enfermería, exigido por el artículo 2°, N° 3, del decreto con fuerza de ley N° 35, de 2008, del Ministerio de Salud. Se fundamentó en que dicha normativa no contempla considerar los periodos trabajados en organismos privados, por lo que los servicios invocados no permiten completar el lapso requerido y el recurrente no aportó antecedentes que alteraran lo ya concluido.