La joven D.M.N.P. ingresó a Chile con sus padres cuando tenía trece años y no ha salido…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
La joven D.M.N.P. ingresó a Chile con sus padres cuando tenía trece años y no ha salido del territorio desde entonces. El Servicio Nacional de Migraciones exigió la presentación del extracto de antecedentes penales del país de origen debidamente apostillado. La Corte Suprema consideró que dicha exigencia es innecesaria, pues la menor no ha sido condenada en su país y mantiene arraigo familiar y académico en Chile. Con fundamento en el artículo 21 de la Constitución, se confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había concedido el amparo. Se ordenó al Servicio Nacional de Migraciones prescindir de la solicitud del certificado de antecedentes penales y, en su lugar, podrá requerir información a la autoridad policial para confirmar la ausencia de anotaciones. Finalmente, se dejó abierta la posibilidad de reconducir a la menor a la subcategoría migratoria correspondiente si fuera necesario.
Normas citadas
Constitución Política de la República de Chile art. 21
Certificado de antecedentes penalesProhibición de ingreso al paísAmparos extranjeríaAcción de amparoArraigo social, laboral y/o familiarAbandono del paísDocumento apostilladoAfectación de la libertad personal
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