Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del complemento por mención del bono de reconocimiento profesional previsto en la ley N° 20.158, solicitado por una educadora diferencial con mención en trastornos de audición y lenguaje. El órgano revisó el artículo 31 del DFL N° 2, de 2009, que fija los subsectores de aprendizaje, y el marco de la ley N° 20.158, que delega en el Ministerio de Educación la determinación de las menciones que dan derecho a la bonificación. Constató que los decretos N° 259 y 260, ambos de 2007, no contemplan menciones vinculadas a la educación diferencial. Por ello concluyó que la especialización de la recurrente no está considerada por la normativa para el complemento del 25%, por lo que no le asiste el derecho a obtenerlo.