Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la información pública interpuesto contra la SEREMI de Salud de la Región de la Araucanía. La controversia se refería a documentos que autorizan a una cooperativa de agua potable y alcantarillado de la comuna de Perquenco a operar dichos sistemas, contenidos en resoluciones exentas del año 2009, así como a la identidad de los representantes del comité de agua potable indicado en esas resoluciones. El Consejo concluyó que se trataba de información pública y que no se acreditaron causales legales ni de hecho de reserva que justificaran su denegación, por lo que ordenó entregarla. Si la información no obra en poder del organismo, deberá informarlo fundadamente. Asimismo, representó a la autoridad sectorial la infracción a los plazos de respuesta establecidos en la Ley de Transparencia. Rechazó el amparo respecto de otro requerimiento, por haberse dado respuesta en los términos planteados, y respecto de la consulta sobre pago o condonación de multas, por no estar comprendida en la solicitud.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Son públicas las resoluciones que autorizan a una cooperativa de agua potable a operar sistemas de agua y alcantarillado?

En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que estas resoluciones exentas son información pública, porque no se acreditaron causales legales ni de hecho de reserva que justificaran negar su entrega, y ordenó entregarlas.

¿Qué debe hacer un organismo público si no tiene en su poder la información que le fue solicitada por transparencia?

En este caso, el Consejo estableció que, si la información no obra en poder del organismo, este debe informarlo de manera fundada en vez de simplemente guardar silencio o denegarla sin justificación.

¿Qué consecuencias puede tener que un servicio público responda fuera de plazo una solicitud de acceso a la información?

En este caso, el Consejo representó a la autoridad sectorial la infracción a los plazos de respuesta establecidos en la Ley de Transparencia, sin imponer una sanción en esta resolución.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2021 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Serem…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Seremi de Salud de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia resolvió rechazar dos amparos de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la SEREMI de Salud de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la SEREMI de Salud…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.