Resumen del criterio jurisprudencial
Resulta procedente que servicio local ordene la desvinculación de asistente de la educación, por cuanto el otorgamiento del beneficio previsto en el artículo 1° del decreto ley N°409, de 1932, no tiene el alcance de eliminar los efectos de la respectiva sentencia judicial condenatoria por el delito de que se trata.