Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que se habían negado a entregar bases de datos sobre camas hospitalarias, desglosadas por establecimiento, comuna, región y servicio de salud. El Consejo consideró que se trataba de información pública, que el órgano no acreditó su entrega y que no se invocaron causales de secreto o reserva que ponderar. Ordenó entregar la información, tarjando los datos personales y sensibles de contexto conforme a la Ley N° 19.628. Si parte de la información no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo al reclamante y al Consejo, con las razones detalladas. El cumplimiento debe realizarse en un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.