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El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos en contra de la Subsec…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que se habían negado a entregar bases de datos sobre camas hospitalarias, desglosadas por establecimiento, comuna, región y servicio de salud. El Consejo consideró que se trataba de información pública, que el órgano no acreditó su entrega y que no se invocaron causales de secreto o reserva que ponderar. Ordenó entregar la información, tarjando los datos personales y sensibles de contexto conforme a la Ley N° 19.628. Si parte de la información no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo al reclamante y al Consejo, con las razones detalladas. El cumplimiento debe realizarse en un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona pedir a un órgano del Estado bases de datos sobre camas hospitalarias por establecimiento y comuna bajo la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió los amparos y sostuvo que esa información es pública, porque no se acreditó su entrega ni se invocaron causales de secreto o reserva. Ordenó entregarla, tarjando los datos personales y sensibles de contexto conforme a la Ley N° 19.628.

¿Qué debe hacer un órgano si no tiene en su poder la información que le piden por transparencia?

En este caso, el Consejo resolvió que, si parte de la información no obra en poder del órgano, debe comunicarlo al reclamante y al Consejo, explicando detalladamente las razones. Esa respuesta no exime de cumplir con lo que sí tenga.

¿Cuál es el plazo para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo fijó un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para entregar la información. Si no se cumple, se aplica el apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

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