Resumen del criterio jurisprudencial
La contribuyente Lía Vivian Lacunza Figueroa reclamó contra el nuevo avalúo fiscal de su oficina, alegando que el Servicio de Impuestos Internos (SII) cometió un error de metraje al asignar una superficie de 67 metros cuadrados, cuando según el Reglamento de Copropiedad la superficie sería de 57 metros cuadrados. El SII sustentó su avalúo en un plano municipal de 1978 que registraba 67 metros cuadrados, aprobado por la Municipalidad de Santiago y firmado por los propietarios anteriores. Se recibió la causa a prueba, acreditándose únicamente la superficie del inmueble mediante testimonios y documentos. El tribunal consideró que el plano municipal es un instrumento público oficial que prevalece sobre las declaraciones privadas del Reglamento de Copropiedad, y que la superficie correcta es la del plano. En consecuencia, rechazó el reclamo en todas sus partes, sin condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.