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El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo de acceso a la información i…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo de acceso a la información interpuesto contra el Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso. La solicitud buscaba conocer los casos de interrupción voluntaria del embarazo en las tres causales legales registrados en ese establecimiento entre septiembre de 2017 y octubre de 2020. El Consejo ordenó al hospital entregar la información requerida dentro de un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, y acreditar su entrega efectiva. Si parte de la información no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo fundadamente al reclamante y al Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Un hospital público debe entregar datos sobre interrupciones voluntarias del embarazo en las tres causales si alguien lo solicita por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó al Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso entregar la información sobre los casos de interrupción voluntaria del embarazo en las tres causales registrados en el establecimiento durante el período solicitado.

¿Qué plazo tiene un órgano público para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo ordenó al hospital entregar la información dentro de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, y acreditar su entrega efectiva.

¿Qué debe hacer un organismo si no tiene en su poder parte de la información que se le pide por transparencia?

En este caso, el Consejo dispuso que, si parte de la información no obra en poder del órgano, éste debe comunicarlo fundadamente tanto al reclamante como al Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.

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