El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información presentad…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información presentado contra la Dirección General de Obras Públicas, relativo a proyectos de transporte de agua de iniciativa privada. El órgano administrativo se opuso a la entrega invocando la reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia, por tratarse de antecedentes vinculados a un proceso deliberativo pendiente y a la protección de la propiedad de los proyectos. El Consejo resolvió rechazar el amparo por configurarse dicha causal de reserva, y recomendó entregar la información una vez concluido el proceso deliberativo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, y no procede el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 18.575
Ley N° 19.880
Ley N° 19.886
Oficio Ord. N° 0708
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Se puede negar el acceso a información de proyectos de obras públicas que aún están en proceso deliberativo?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque se configuró la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia, relativa a un proceso deliberativo pendiente. Recomendó entregar la información una vez concluido ese proceso.
¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información?
En este caso, se indicó que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. Se señaló también que no procede el recurso de reposición.
¿Puede protegerse la información de proyectos de iniciativa privada como reserva en un amparo de transparencia?
En este caso, el órgano administrativo invocó la protección de la propiedad de los proyectos además del proceso deliberativo, y el Consejo acogió la reserva al resolver el amparo. La decisión se fundó en la causal del artículo 21 N°1 letra b).
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