Resumen del criterio jurisprudencial
El 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, mediante sentencia de fecha 21 de octubre de 2024, resolvió el procedimiento monitorio interpuesto por la trabajadora representada por la abogada Cristina Melo Rivas contra la empresa demandada. La demandante alegó despido improcedente fundado en la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, argumentando que la carta de despido era vaga y que no se acreditaron necesidades graves, insuperables y permanentes de la empresa. El tribunal constató que la empresa no probó dichos requisitos y declaró improcedente el despido, ordenando el pago de la indemnización con el incremento legal del 30% y la restitución del descuento por aporte al fondo de cesantía (AFC) por $913.906. Asimismo, se estableció que las sumas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses previstos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Cada parte asumirá sus costas y la sentencia será ejecutoriada dentro del plazo legal. La decisión confirma la jurisprudencia sobre la carga probatoria del empleador en casos de despido por necesidades de la empresa.