Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Maipú por la negativa a entregar información sobre contratación de personal. Se ordenó la entrega de informes mensuales, boletas de honorarios y contratos correspondientes a los años 2005 a 2011, 2013 y 2019, además de los contratos de los años 2020, 2021 y 2022, debiendo tarjarse previamente los datos personales de contexto contenidos en ella. El Consejo descartó la reserva fundada en el privilegio deliberativo y la alegada inexistencia de la información, por considerar que se trata de información de naturaleza pública y que la inexistencia no quedó debidamente acreditada. La decisión fija un plazo para cumplir, bajo apercibimiento de las multas previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia, y exige acreditar la entrega efectiva ante el Consejo. Contra esta resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde su notificación.